Hace días vi en yahoo! news (efectivamente, soy fan de yahoo! news) una nota donde se leía que una decisión judicial en Colombia avalaba las descargas de música por internet y no las consideraba delito.
Se ha hablado tanto de este fenómeno que me dije: yo tengo que leer esto.
Para no hacer el cuento muy largo, el tribunal establece que un usuario que descarga material a su alcance no puede ser perseguido ya que hace dicha descarga sin un ánimo de especular y que por lo tanto no hay conducta punible. En este punto creo que debemos hacer una precisión: el problema de descargar una canción a la computadora para el artista autor de la obra representa principalmente que tú al igual que millones de personas que ya descargaron la canción, probablemente no vayan a comprar el CD y el vaya a perder precioso dinero. El tribunal dice que el usuario no obtiene un beneficio económico. Sin embargo considero que sí obiene un provechamiento. Si al mes bajas 20 canciones de diferentes artistas te ahorras 20 CD's que no ibas a comprar sólo por una canción cierto? entonces con tu acción quiza no te beneficies económicamente de tener en tu compu la canción pero al artista sí lo afectas además que: te aprovechas de una canción por la cual no pagaste.
No me quiero dar baños de pureza porque ha decir verdad yo tambien bajo música y películas de internet (Por Dios no se hagan patos) pero creo firmemente que el análisis del tribunal colombiano le falto ir un poco más allá para proteger al gremio artístico.
Algo importante de aclarar es que según la nota, lo que castiga la ley es la reproducción de la obra sin la autorización de su autor: bajar música y reproducirla así sea para mi a manera personal no les huele un poco a pirateria?
Se ha hablado tanto de este fenómeno que me dije: yo tengo que leer esto.
Para no hacer el cuento muy largo, el tribunal establece que un usuario que descarga material a su alcance no puede ser perseguido ya que hace dicha descarga sin un ánimo de especular y que por lo tanto no hay conducta punible. En este punto creo que debemos hacer una precisión: el problema de descargar una canción a la computadora para el artista autor de la obra representa principalmente que tú al igual que millones de personas que ya descargaron la canción, probablemente no vayan a comprar el CD y el vaya a perder precioso dinero. El tribunal dice que el usuario no obtiene un beneficio económico. Sin embargo considero que sí obiene un provechamiento. Si al mes bajas 20 canciones de diferentes artistas te ahorras 20 CD's que no ibas a comprar sólo por una canción cierto? entonces con tu acción quiza no te beneficies económicamente de tener en tu compu la canción pero al artista sí lo afectas además que: te aprovechas de una canción por la cual no pagaste.
No me quiero dar baños de pureza porque ha decir verdad yo tambien bajo música y películas de internet (Por Dios no se hagan patos) pero creo firmemente que el análisis del tribunal colombiano le falto ir un poco más allá para proteger al gremio artístico.
Algo importante de aclarar es que según la nota, lo que castiga la ley es la reproducción de la obra sin la autorización de su autor: bajar música y reproducirla así sea para mi a manera personal no les huele un poco a pirateria?
Lléndonos del lado del consumidor asumámoslo, los CD's originales son bastante caros y gastar en ellos diezma el bolsillo de una manera atroz sin embargo desde mi muy humilde punto de vista el tribunal Colombiano se quedo muy corto.
Les dejo el tema en la mesa ya que la cosa puede ir de un lado a otro, habrá que ver que dice el gremio artístico respecto a lo anterior y que medidas tomaran para el lanzamiento de su material en el país sudaméricano.
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